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La Ley 125-01 debe actualizarse para integrar nuevas tecnologías sin generar incertidumbre y preservando estabilidad e inversión.
Contexto y necesidad de la reforma
Recientemente, se informó sobre una reunión de trabajo entre el Ministerio de Energía y Minas y la Comisión Permanente de Asuntos Energéticos del Senado de la República para analizar la reintroducción del proyecto de Ley de Armonización del Sector Eléctrico. Según la nota, esta propuesta legislativa tiene como propósito modificar la Ley General de Electricidad 125-01, con el fin de adecuarla a la realidad tecnológica y productiva del sector.
La Ley General de Electricidad 125-01 fue diseñada para un sistema eléctrico dominado por combustibles líquidos y baja penetración renovable. Nuestro sistema ha cambiado bastante desde aquellos primeros años en especial en la conformación de su matriz energética. Al inicio del mercado, por el año 2000, la rigidez normativa de la Ley ofreció certeza jurídica y previsibilidad; sin embargo, hoy tiene mucho más valor para los actores de este sistema, la agilidad regulatoria y la capacidad de integrar y adaptar nuevas tecnologías como almacenamiento BESS, generación distribuida, movilidad eléctrica, hidrógeno verde y otras soluciones emergentes.
Este cambio estructural exige entonces un marco legal que responda a la realidad tecnológica y productiva actual. La ley vigente no contempla aspectos críticos como integración de almacenamiento, mercados de servicios complementarios (más allá de regulación de frecuencia y tensión), redes inteligentes, ni mecanismos para habilitar nuevas tecnologías. Sin una actualización, el país corre el riesgo de frenar su transición energética, limitar la atracción de inversión extranjera y comprometer las metas estratégicas como la que busca duplicar el tamaño de la economía dominicana al 2036 (Meta RD 2036).
Actualizar la ley no es solo un tema técnico: es una decisión estratégica para garantizar seguridad energética, competitividad y sostenibilidad. Este proceso debe ser cuidadosamente diseñado para evitar incertidumbre regulatoria y preservar la confianza del mercado.
Riesgos percibidos
La reforma plantea oportunidades, pero también genera dudas legítimas, en varios aspectos, acá destacamos algunos:
- Gobernanza e institucionalidad: cambios en la estructura del sector integración de CNE al MEM (Pacto Electrico), se plantean preguntas válidas. ¿Qué se gana con esta acción? ¿Realmente fortalece la capacidad de planificación sectorial?
- Mercados y señales económicas: riesgo de introducir esquemas de mercado sin análisis de impacto. Más adelante proponemos, cómo mitigar que las nuevas reglas de mercado se basen en estudios técnicos y no en presiones coyunturales.
- Incentivos mal diseñados: Incentivos creados sin criterios técnicos rigurosos pueden frenar la integración de renovables y almacenamiento. Inclusive si los mismos surgen con las mejores intenciones, el análisis de expertos y actores sectoriales es fundamental.
- Cambios abruptos en señales económicas: Ajustar reglas impulsadas por presiones sociales, sin estudios previos, puede afectar tanto la inversión como la operación eficiente del mercado.
- Concentración de funciones: Cualquier transferencia de competencias debe ir acompañada de mecanismos claros de control y rendición de cuentas, para evitar riesgos de discrecionalidad.
Estos riesgos pueden generar resistencia en actores del mercado, preocupados por la estabilidad contractual y la predictibilidad de las inversiones. Por ello, la reforma debe blindar principios como gradualidad, respeto a derechos adquiridos y transparencia en la toma de decisiones, asegurando que los cambios no afecten la confianza que sostiene el desarrollo del sector.
Propuestas de actualización
La reforma abre una oportunidad para modernizar el marco legal y alinearlo con las necesidades actuales. A continuación, se presentan algunas propuestas para aportar a la discusión:
- Permisos y plazos: simplificar el proceso de tramitación de permisos y seguimiento a los plazos de cumplimiento para obtención de concesiones y permisos.
- Integración de almacenamiento: Agente Almacenista figura independiente, autorizado a operar sistemas de almacenamiento de energía eléctrica.
- Servicios complementarios: Apoderar al regulador para definir todos los servicios complementarios necesarios para la adecuada y segura operación del sistema.
- Contratación mínima: Modificar el límite de contratación de las empresas distribuidoras contratar al menos el 80% de la demanda.
- Contribución por servicio técnico: Suprimirse la obligación de los usuarios no regulados de pagar una contribución del 10 % del precio de energía y potencia, una disposición que nunca ha sido aplicada.
- Contratos de Corto Plazo: Definir el alcance y el marco normativo de los contratos de corto plazo, para dar seguridad jurídica.
- Incentivos BESS: no es el ámbito de la Ley 125-01 pero es importante abordar los incentivos específicos para proyectos BESS, en los casos donde se carga desde la red.
- Tramitación de concesiones: Centralizar en la Superintendencia de Electricidad todas las solicitudes de concesión provisional o definitiva, del régimen especial o convencional, para unificar criterios técnicos..
- Gobernanza y fortalecimiento regulatorio: signar a la Superintendencia de Electricidad el 1 % del aporte sectorial, reforzando su rol técnico con la transferencia de funciones al Ministerio de Energía y Minas.
- Comercialización de energía: Impulsar la figura del comercializador para dinamizar la competencia y promover mayor eficiencia en el mercado.
¿Quedarán más propuestas? Seguramente, y en la búsqueda del consenso necesario para una reforma estable y confiable, irán surgiendo.
¿Cómo garantizar un proceso técnico y participativo?
La actualización de la Ley 125-01 no puede ser improvisada ni responder a presiones coyunturales. Debe construirse sobre bases técnicas sólidas y con la participación de todos los actores del sector eléctrico. Un proceso inclusivo es esencial para reducir incertidumbre y asegurar que las decisiones respondan a las necesidades reales del sistema.
Un primer paso es la creación de una Comisión Técnica Asesora, integrada por el Ministerio de Energía y Minas, la Superintendencia de Electricidad, el Organismo Coordinador, la academia, expertos independientes y representantes de los agentes del mercado (ADIE, EDES, generadores y usuarios no regulados). Esta comisión debe acompañar al Congreso en la revisión técnica, garantizando que las propuestas legislativas se sustenten en evidencia y mejores prácticas.
La transparencia debe ser un principio rector. No basta con publicar borradores; se requieren consultas públicas y talleres sectoriales que permitan explicar conceptos complejos y recoger aportes de quienes invierten y operan el sistema. Esto incluye mesas técnicas para generación, distribución, almacenamiento y generación distribuida, asegurando que cada segmento tenga voz en el diseño normativo.
Otro elemento indispensable es el análisis de impacto regulatorio. Antes de aprobar cambios que afecten el modelo de mercado, deben realizarse estudios técnicos, económicos y sociales, publicados y validados por la comisión y los agentes del mercado. La asistencia internacional de organismos como OLADE, BID y GIZ puede aportar experiencias comparadas, no para copiar regulaciones, sino para aprender cómo otros países han gestionado de manera efectiva temas críticos del sector eléctrico.
Finalmente, la implementación de la reforma debe seguir un cronograma claro y gradual, evitando cambios abruptos que generen incertidumbre entre inversionistas y actores del sector. La comunicación continua y la rendición de cuentas son clave para proteger el proceso y asegurar que la reforma impulse la transición energética y el desarrollo económico.
Autor: Fares Jamatte

Fares Antonio Jamatte | Ingeniero eléctrico con formación en economía y regulación de servicios públicos. Ha trabajado tanto en el sector regulador como en el ámbito comercial de generación eléctrica.




